Cuando romper el secreto Profesional

Sinopsis:

La muerte de Tatiana Tarasoff Prosenjit Poddar, nacido en India, llegó a estudiar a California a fines de los sesenta. En ese estado conoció, en el otoño de 1968, a Tatiana Tarasoff, durante actividades recreativas de la residencia estudiantil donde vivía. Iniciaron una relación que Prosenjit interpretó como seria, visión que no era compartida por Tatiana. Al darse cuenta Tatiana de la disparidad de opiniones le dijo a Prosenjit que estaba comprometida con otro hombre y que no deseaba iniciar una relación con él. El rechazo provocó en el estudiante una seria crisis emocional; descuidó su apariencia personal y su ánimo se tornó fuertemente depresivo.

Durante 1969, con posterioridad a un viaje de Tatiana a Brasil, Prosenjit buscó apoyo profesional y en agosto de ese año figuraba como paciente externo en el Cowell Memorial Hospital. En un comienzo fue visto por el Dr. Stuart Gold, psiquiatra, para posteriormente ser derivado al cuidado del psicólogo Lawrence Moore. En su novena sesión con Moore, el 18 de agosto de 1969, el estudiante le confidenció que iba a matar a una mujer, claramente identificable como Tatiana, cuando ésta retornase de Brasil. Dos días después, Moore notificó a la policía que Poddar sufría de una reacción esquizofrénica paranoide y que se encontraba en riesgo de dañarse a sí mismo, o de dañar a otros. La policía del campus retuvo a Poddar y lo liberó una vez satisfecha que el estudiante había cambiado de actitud y, aparentemente, por la intercesión del Director de Psiquiatría del centro asistencial, quien solicitó al Jefe de Policía la devolución de la carta de Moore y ordenó a este último la destrucción de sus registros de la terapia, así como las copias de la carta enviada a la policía. En octubre siguiente Tatiana, al regresar de Brasil, continuó siendo acosada por Poddar, siendo acuchillada y muerta por éste el 29 de ese mes, al negarse a sus requerimientos.

Moore, en su testimonio judicial, reveló que Poddar había dado a conocer sus intenciones de matar a Tatiana durante las sesiones de terapia, estableciéndole una condena en primera instancia por homicidio en segundo grado. Los recursos presentados a la Corte de Apelaciones y, posteriormente, a la Corte Suprema de California, sin embargo, terminaron por encontrar vicios de procedimiento que obligaban a reconducir el juicio, lo que fue conmutado por la expulsión de Poddar a la India donde, de acuerdo algunos autores, se encuentra felizmente casado con una abogada.

Los padres de Tatiana Tarasoff, por su parte, decidieron reñir contra la Universidad de California y sus psicoterapeutas. Una de la quejas contenidas en la demanda era que los psicoterapeutas no habían dado oportuno aviso a Tatiana, o a sus cercanos, de las intenciones que tenía Prosenjit de matar a su pretendida. Tanto la Corte del Condado de Alameda, como la Corte de Apelaciones correspondiente, encontraron que no había razones para condenar, agregando esta última que al no existir relación alguna entre el psicoterapeuta y Tatiana, o sus padres, no existía, por consiguiente, la obligación de informar.

La Corte Suprema de California, sin embargo, pensó distinto. En su decisión final sostuvo, entre otras consideraciones, la siguiente: “… los terapeutas no pueden escapar a su responsabilidad simplemente porque Tatiana no era su paciente. Cuando un terapeuta determina, o de acuerdo a los estándares de su profesión, debiese determinar, que su paciente representa un serio peligro para otros, le asiste la obligación de ejercer cuidados razonables dirigidos a proteger a las víctimas de tal peligro. El cumplimiento de este deber puede requerir del terapeuta tomar una o más medidas, dependiendo de la naturaleza del caso. Así, puede llevarlo a advertir a la posible víctima o a otros que puedan advertir a la víctima del peligro, notificar a la policía o tomar las medidas que sean razonablemente necesarias en esas circunstancias”.

Desarrollo:
Ética Profesional: 
Luego de este caso, se presentó una serie de leyes en el ejercicio profesional en las que se expresa:

“El profesional deberá guardar el más riguroso secreto profesional sobre cualquier prescripción o acto que realizare en cumplimiento de sus tareas específicas, así como de los datos o hechos que se les comunicare en razón de su actividad profesional sobre aspectos físicos, psicológicos o ideológicos de las personas”

Es obligación del psicólogo guardar el secreto profesional, de todo aquello que le sea confiado por sus consultantes en el ejercicio de su profesión. El interés público, la seguridad de los pacientes, la honra de la familia, la respetabilidad del profesional exigen observar la confidencialidad.

La información que se da a padres y/o demás responsables de menores o deficientes y a las instituciones que las hubieren requerido, debe realizarse de forma que no condicione el futuro del consultante o pueda ser utilizado en su perjuicio. La información acumulada por el psicólogo en el transcurso del proceso psicodiagnóstico, ha sido obtenido en circunstancias y con objetivos determinados, por lo tanto el profesional debe ser muy prudente en su utilización y/o devolución, especialmente cuando ello pueda afectar las actividades en curso de el o los pacientes, o se siga un perjuicio para el o los mismos o afecte la confianza de el o los que suministran la información.

En el controvertido tema de los límites del secreto profesional, nuestros códigos en rasgos generales proponen que los psicólogos dan a conocer la información obtenida, únicamente para:

• Proveer servicios profesionales necesarios al paciente institucional o particular.
• Obtener consultas profesionales apropiadas.
• Cuando el psicólogo ha sido comisionado por autoridad competente (ej. Juez solicitante).

Dentro de la ética del psicólogo existe una parte de confidencialidad, en la que como ley profesional no tenemos la facultad de presentar de manera publica el informe del paciente. Sin embargo, cuando el paciente puede llegar a representar una amenaza hacia su familia y cercanos es necesario brindar esta información. Acá es donde se puede romper el secreto profesional, es mejor romper el secreto profesional que perder la vida de una persona.

PD: aclaro que no trato de decir que siempre hay que romper la ley profesional, no, existen acepciones en la regla, pero cuando la situación atenta contra la vida del paciente o cercanos es necesario tomar decisiones drásticas.

Referencia:  http://www.psicologos.org.ar/docs/23277.pdf